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Con documentos, Gallardo y Cia. desmiente publicaciones falsas
Lo anterior luego de la publicación de una investigación periodística en Caracol Radio donde se relaciona el consorcio con el proyecto Gran Sirenis.
A continuación presentamos en Radio Seaflower la respueta presentada por la abogada Ligia Rojas Lobo sobre el debate generado recientemente en medios de comunicación nacionales sobre presuntas irregularidades en la ejecución del proyecto Gran Sirenis, hotel de cinco estrellas que funcionará proximamente en la isla de San Andrés.
En condición de ABOGADA con poder otorgado, de manera ilustrativa, para conocimiento de la Comunidad Isleña, por el respeto que le profesamos, procedo a DESVIRTUR Y DEMOSTRAR las FALSAS INFORMACIONES, CALUMNIOSAS E INJURIOSAS forjadas temeraria y dolosamente en la mente insana y proterva del Sr. ALVARO ARCHBOLD N. sujeto a mentirse a sí mismo y a los demás, por sentimientos de odio y envidia como develan sus ataques mentirosos a mis representados por décadas, recientemente usando periodistas y Medios de Comunicación Nacionales, engañándolos, pretendiendo desacreditar y causar perjuicios a GALLARDO Y CIA, a su Gestor Medico Dr. ADALBERTO GALLARDO (qepd), sus Accionistas todos de la familia Gallardo, en general al Universo “ GALLARDO “, y, así tapar sus actuaciones irregulares que le involucran en un considerable detrimento al patrimonio económico de ésta Comunidad.
Por ello, radiqué Derecho de PETICION a los Medios de Comunicación Nacionales, para que procedan a la RECTIFICACION DE LAS INFORMACIONES FALSAS Y LA RETRACTACIÓN DE LAS
CALUMNIOSAS E INJURIOSAS AFIRMACIONES que a instancia del citado, difundieron contra la Sociedad GALLARDO Y CIA , su Gestor Médico ADALBERTO GALLARDO FLOREZ (qepd), Accionistas y, en general el Universo Familia GALLARDO consanguínea y afinidad, al haber vulnerado con ello bienes jurídicos protegidos constitucionalmente, como su derecho al buen nombre y honra consagrado por el Articulo 15 CN, legado étnico ancestral que les deviene de reconocida y distinguida familia RAIZAL SANANDRESANA HUDGSON POMARE del tradicional Sector del Barrack en esta Isla, unos, y otros adicionalmente, descendientes de la Familia RAIZAL PROVIDENCIANA ARCHBOLD TAYLOR, haciendo gala del legado de buenos modales y costumbres ancestrales.
La literalidad de los documentos auténticos adjuntos, DESVIRTUAN la temeraria y perversa tergiversación u ocultamiento que de la verdad real y jurídica relacionada con predios de propiedad familiar aportados al desarrollo empresarial GRAN SIRENIS , que el citado ha difundido por diversos medios de comunicación; no obstante, el informante en su condición dos veces gobernador, por su conocimiento sobre la legalidad de la adquisición de tales bienes, no existe de su gobierno acto administrativo alguno que lo contraríe.
Contra la Sociedad GALLARDO Y CIA y, el Gestor Médico ADALBERTO GALLARDO (q.e.p.d), abordándose como tema el “Proyecto Empresarial “GRAN SIRENIS” , con informaciones que ADOLECEN DE VERACIDAD, presentadas como si se tratara de usurpadores de bien público – supuesta “ playa”-, como lo desvirtúan relato fáctico y su medio probatorio, así:
- NO ES CIERTA, es FALSA y MALICIOSA la información suministrada a algunos Medios de Comunicación Nacionales y difundida , “que fuera el Dr. Adalberto Gallardo Flórez, el que contrató el relleno del Pantano de PUNTA HANSA”. CUANDO LO CIERTO es que, quien contrató dicho relleno fue el Intendente General Ernesto Carrasco con la aprobación del Consejo de Ministros de la época, tal como consta en dicho contrato suscrito con la VAN SURAMERICANA de fecha 21 de Febrero de 1.961. (LEER CONTRATO copia anexa).
- NO ES CIERTA, es FALSA, MALICIOSA e INJURIOSA la información suministrada a Medios de Comunicación Nacionales y difundida, que “el Dr ADALBERTO GALLARDO en el contrato de PERMUTA ONEROSA haya permutado unas bodegas de propiedad de la misma Intendencia de San Andrés”. Cuando LO CIERTO es que , la Escritura Pública No. 37 de Enero 28 de 1972 otorgada en la Notaria Única del Circulo de San Andrés, solemniza clara ,expresa y literalmente que : “el Dr. Adalberto Gallardo Flórez, transfiere a título de PERMUTA ONEROSA a la Intendencia , un lote de terreno de su propiedad en el sector de Punta Hansa con un área superficiaria de 2040 M2, más una suma dineraria de $12.621.90 pesos de entonces, adicionalmente , cedió a la Intendencia, a título gratuito, una franja de terreno con una cabida de un mil cien metros cuadrados para la avenida Kennedy , (hoy Newball), y sus aceras”.. Las bodegas levantadas en el predio del Dr. Adalberto Gallardo Flórez eran de la VAN SURAMERICANA, que había arrendado el predio del del Dr. Gallardo -, de hecho al transferirle vía permuta onerosa dicho predio, la Intendencia queda dueña tanto del predio como de lo que por “accesión” se halle sobre éste, como manda el Código Civil Colombiano ( Art. 713 ). (LEER en Escritura Pública No. 37 Anexa)
- NO ES CIERTA, es FALSA y MALICIOSA la información suministrada a los Medios de Comunicación Nacionales y difundida, que “el predio que la Intendencia permutó a favor de ADALBERTO GALLARDO FLOREZ sea una playa”, y mucho más FALSO que “se haya adquirido a través “prescripción adquisitiva extraordinaria del dominio”. CUANDO lo CIERTO, es que se trató de la adquisición de un predio en borde costero (no de supuesta playa, inexistente como es de público y notorio conocimiento), mediante PERMUTA ONEROSA, como da cuenta la Escritura Pública No. 37 de 1972 de la Notaria Única de San Andrés, registrada bajo el folio de Matricula Inmobiliaria No. 450-0005306 de la Superintendencia de Notariado y Registro; en el cual por ningún lado aparece registrado como modo de adquisición “ prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio”, como falsa , errada y de mala fé se difundió, pues el derecho de dominio y título adquisitivo del predio conocido como TONINOS MARINA proviene directamente del ESTADO – Intendencia Espacial- vía la permuta onerosa mencionada, siendo improcedente este proceso, tal y como otros cientos de predios rellenados se transfirieron a particulares, como: Club Náutico, Regata, embarcadero Portofino, Hotel Sunrise, los 80, Ferretería Santa Catalina, Gasolinera Nenes Marina, Cámara de Comercio, Texaco, bodegas Howard, predio Jackaman, Joseph Concrets, Barrio Telecom, Almendros , Barrio Obrero, entre otros. (LEER Folio de Matricula Inmobiliaria anexo).
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- NO ES CIERTA, es FALSA y MALICIOSA la información suministrada a Medios de Comunicación nacionales y difundida, que “la Resolución No. 3384 del 19 de Abril de 2018 expedida por el Inspector de Policía Departamental haya ordenado la restitución del predio donde opera el establecimiento de comercio denominado TONINOS MARINA”. CUANDO LO CIERTO es que lo ordenado en dicha Resolución No.3384 del 19 de Abril del 2.018 citada, es la restitución de un área ocupada con “la construcción de un muelle y un sendero de acceso al muelle en cemento”. ( Textual) . (LEER Resolución Anexa).
Se trata del “muelle artesanal con un sendero de acceso en cemento”, no más de cinco metros lineales que, el operador del establecimiento TONINOS MARINA construyó para facilitar el embarque a los turistas, y, el operador siempre lo ha puesto a disposición de las autoridades respectivas para lo que fuere pertinente.
- NO ES CIERTA, es FALSA y MALICIOSA la información suministrada a Medios de Comunicación y difundida, en los siguientes términos: “Hubo un inmenso incendio de la Intendencia, “y eso coincide con el ascenso y el poder del primer Gallardo que termina con tierras a su nombre”, precisamente las tierras con queda hoy el GRAN SIRENIS, las de Punta Hansa y entre otras” . (textual)
Es ABSOLUTAMENTE injuriosa, además de temeraria y maliciosa tal afirmación. No es cierto que GALLARDO alguno, ni “que el Médico Dr. ADALBERTO GALLARDO (qepd), haya terminado con tierras a su nombre, coincidiendo con el incendio de la Intendencia en 1965”.
El Dr ADALBERTO GALLARDO FLOREZ , adquirió dos (2) bienes inmuebles en el Sector de Punta Hansa, mediante COMPRAS hechas en el año 1956, MUCHO ANTES DE 1965 ( fecha del incendio 11 años antes), como dan cuenta las E.P. No. 93 del 18 de Mayo de 1956 y según E.P. No.117 del 28 de Junio de 1956, registradas bajo folio de Matricula No. 450-1404. ( Leer certificado de tradición Anexo) . Inmuebles aportados al proyecto, conforme lo indican los Certificados de Libertad y Tradición, con matrículas inmobiliarias 450-23320 y 450- 23322 , sobre los cuales está “ Gran Sirenis”. ( Leer certificados de tradición Anexos).
De modo que resulta injurioso y denota mala fé, además del dolo penal, afirmar que “ Gran Sirenis queda sobre tierras que terminaron a nombre del Dr. ADALBERTO GALLARDO coincidente con el incendio”. ( Leer Escrituras y 117 de 1956 ANEXAS).
- CONTRARÍA y DESVIRTUA LA MALICIOSA INSINUACIÓN, RELACIONADA CON LA CAUSA DEL INCENDIO Y PRESUNTOS AUTORES, entre otros, la CERTIFICACION de quien fuera Juez de Instrucción Criminal comisionado especialmente por el Ministerio de Justicia para investigar los Hechos, Dr. BORIS NISIMBLAT, en donde concluye “que no hubo ninguna vinculación, ni sindicación, ni imputación contra el Dr. Adalberto Gallardo por la conflagración de la Intendencia”. (Leer CERTIFICACION Anexa).
Vale anotar que, detrás del Palacio Intendencial se hallaba la Casa Paterna Gallardo y el
Gran Almacén Bogotá de la Familia, construcciones de madera, expuestas al grave riesgo
de incendiarse; y, al lado del Palacio Intendencial se hallaba el Consultorio Médico y la Casa de madera habitada por el Dr. Adalberto Gallardo y sus hijos, menores para entonces, debiendo ser evacuados, porque tanto su Casa como su Consultorio Médico se quemaron totalmente, quedando reducidos a cenizas junto con sus enseres domésticos y equipos médicos. Fue, entonces, el Dr. Adalberto Gallardo la única persona natural que resultó directamente damnificada con la desafortunada conflagración.
- FALSO DE TODA FALSEDAD, SIENDO CALUMNIOSA ( Art 221 Código Penal ), MAL INTENCIONADA LA AFIRMACIÓN DE ALVARO ARCHBOLD DIFUNDIDA EN MEDIO DE COMUNICACIÓN NACIONAL Y A PERIODISTA: “—cuando él fue representante a la cámara él logró una donación de un ganado de RAZA JERSY, ( JERS(SIC), eran vacas lecheras, y él las incorpora a su propiedad pero si esas vacas fueron donadas para la granja de San Andrés, como termina el Dr. Gallardo apropiándose de las famosas vacas JERSY, y resulta que sí eran donadas por el Gobierno de los EU y terminaron dentro del patrimonio de la familia Gallardo”.
Es tanta su intención de calumniar y difamar, que en su imaginario perverso recurre miserablemente a hechos falsos, mentirosos para , por envidia, atacar UN EMPREDNIMIENTO PILOTO EJEMPLAR del gran visionario Adalberto Gallardo Flórez (qepd), conocido como “RANCHO LOS CORALES”, hato lechero, totalmente mecanizado, conformado por 120 vacas puras, de RAZA PARDO SUIZO, con una alta genética, importadas de Wisconsin, Estados Unidos, cuyo costo fue cubierto con recursos propios y un crédito bancario otorgado al Dr. Adalberto Gallardo por la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, tal y como les consta y recuerdan los funcionarios que prestaban sus servicios a la Entidad bancaria. Nunca hubo en el hato lechero Rancho Los Corales vacas de raza Jersy como lo afirma el mendaz y pluricitado individuo.
“Su padre JULIO GALLARDO DE ARMAS, RAIZAL DE LA ISLA DE SAN ANDRES, era un hombre de negocios, propietario de embarcaciones como “EL CISNE”, dedicado al comercio de mercancías, tenía el importante “Almacén Bogotá”, era muy querido ”; es decir se difundió que era un empresario exitoso, trabajador, visionario, generoso y emprendedor, como lo conoció y recuerda la Comunidad Raizal de su época; de ahí el legado cultural y económico que inició desde 1920 y heredado por sus Hijos, entre ellos el médico ADALBERTO GALLARDO y su descendencia, muy distinto y distante, al tiempo en que sucedió el desafortunado incendio ( año 1.965); no obstante, detractores con mentes enfermizas de manera injuriosa y de mala fe suelen tergiversar la realidad del origen del patrimonio familiar heredado y trabajado por sus descendientes.