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Consejo de Estado tumba demanda contra elección de Abelardo de la Espriella

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Sin margen de espera, se conoció este viernes 10 de julio que el Consejo de Estado inadmitió de plano la demanda de nulidad que pretendía tumbar la elección de Abelardo de la Espriella como nuevo presidente de Colombia.

Con esta determinación judicial, el acto de posesión del mandatario electo se mantiene intacto y sin modificaciones de ninguna índole, tras resolverse de manera contundente en los tribunales.

La acción legal que buscaba suspender la llegada de De la Espriella al poder fue presentada por el abogado Luis Guillermo Pérez, integrante del Pacto Histórico y quien recibió el respaldo explícito del presidente Gustavo Petro.

El objetivo central de la demanda era el acto administrativo expedido por el Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se declaró formalmente la elección de De la Espriella como presidente para el periodo 2026-2030, con base en los resultados del escrutinio.

@profeperilla

La #demanda contra la elección de @Abelardo De La Espriella y @José Manuel Restrepo Abondano fue Inadmitida por el @Consejo de Estado de Colombia Le explico cómo puede consultar el proceso #Colombia #Elecciones2026 #Justicia #DatosCuriosos

♬ sonido original – profeperilla

Los argumentos formulados por Pérez para derribar las credenciales del presidente electo, de 47 años, apuntaron directamente a la estrategia que el abogado habría utilizado durante su campaña previa a las elecciones.

La demanda señaló el uso de símbolos patrios en la propaganda política, además de la “construcción de una narrativa permanente de confrontación y deslegitimación del adversario político, la difusión de mensajes dirigidos a cuestionar la legitimidad de determinados sectores del electorado y la utilización reiterada de expresiones de estigmatización e intimidación dentro del debate público”.

Bajo esta línea, el demandante pretendía que el Consejo de Estado evaluara si dichas conductas vulneraron principios constitucionales como la libertad del voto, el pluralismo político, la igualdad entre los candidatos y la autenticidad de la voluntad popular, o si, por el contrario, afectaban la validez del acto que declaró la elección presidencial.

@luisguillermoperezcasas2

IMPORTANTE: Aquí presento los elementos centrales de la medida provisional para evitar que Abelardo De La Espriella sea posesionado como presidente el próximo 7 de agosto. Respalda la Acción de Nulidad como coadyuvante diligenciando este formulario ⬇️⬇️⬇️ docs.google.com/forms/d/e/1FAI… DIFUNDE ‼️

♬ sonido original – LuisGuillermo Pérez Casas DDHH

En el texto de la acción judicial, el abogado del Pacto Histórico aclaró que su reproche no se dirigía contra el empleo de un discurso fuerte o confrontacional. Pérez recordó que en una democracia “la libertad de expresión política goza de una protección reforzada, lo que faculta a los candidatos a defender sus propuestas y cuestionar abiertamente a sus contradictores”.

No obstante, sostuvo que dicha protección constitucional encuentra límites cuando una campaña “deja de centrarse en el debate de las ideas y recurre, de manera sistemática, a estrategias de estigmatización, intimidación, apropiación de símbolos nacionales o deslegitimación de los adversarios políticos y de determinados sectores del electorado”.

@davidtoledoosp

La demanda de nulidad contra la elección de Abelardo de la Espriella no tiene ni pies ni cabeza. Es un mamarracho jurídico que no prosperará, pero le sirve a Petro y a sus aliados de las FARC para seguir justificando su violencia, sus amenazas y su rechazo a la voluntad popular.

♬ sonido original – davidtoledoosp

Con ese argumento, el recurso exigía determinar si las conductas denunciadas terminaron vulnerando las garantías que protegen el ejercicio libre, informado e igualitario del derecho al voto y, en consecuencia, comprometían la legalidad del acto que declaró la elección presidencial.

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