Nacional
Juez ordena al MinCulturas restituir piezas retiradas del Museo Nacional en 48 horas
El juez Carlos Enrique Osorio le ordenó al Ministerio de las Culturas y al Museo Nacional restituir la totalidad de las piezas retiradas el 15 de octubre, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la sentencia.
Las entidades deberán garantizar las condiciones técnicas para la conservación de las obras y mantenerlas expuestas mientras adelantan la evaluación técnica y curatorial correspondiente, de acuerdo con sus procedimientos internos y con la participación de las instancias institucionales competentes.
Según el fallo proferido a instancias de una tutela interpuesta por el parlamentario petrista Gabriel Becerra en compañía de Jorge Virviescas y Kevyn Muñoz Torres, las actas de movimiento interno acreditaron que varias piezas fueron retiradas de las salas y trasladadas a las reservas técnicas del Museo.
En ellas figura Julián David Sterling, secretario general del Ministerio, en calidad de solicitante de los movimientos, y aparecen funcionarios del Museo encargados de ejecutarlos. El juzgado estableció que las actas registraban la participación de áreas como Dirección, Curaduría de Historia, Museografía, Conservación y Registro.
Sin embargo, esa participación operativa no demostraba por sí sola que hubiera existido una evaluación curatorial previa que justificara la selección. En otras palabras, el primer traspié de la Contrarrevolución cultural, promulgada por el presidente Abelardo De La Espriella en el discurso del 15 de octubre en el Museo Santa Clara, se dio por un trámite hecho sin seguir el conducto regular.
En una respuesta previa, el Ministerio sostuvo que el retiro obedeció a una instrucción presidencial. Pero, según la sentencia, no aportó un documento que permitiera establecer formalmente el alcance de esa instrucción ni identificar los criterios utilizados para decidir cuáles piezas debían dejar de exhibirse. Tampoco encontró el juzgado un acta del Comité de Gestión Patrimonial que documentara el estudio y la aprobación del retiro del 15 de octubre, ni un concepto curatorial que explicara las razones para excluir las piezas identificadas.
El juzgado concluyó que el retiro constituyó una restricción injustificada de la libertad de expresión en su dimensión receptora y del acceso a la cultura. Consideró que las autoridades no podían excluir manifestaciones culturales del acceso público por su contenido político o ideológico sin una justificación objetiva que demostrara la legitimidad de la medida.
En el fallo se hace una diferencia entre una modificación museográfica legítima y una injustificada. En la primera se sigue un proceso que apela a criterios técnicos, de conservación y curatoriales. En la segunda se restringe el acceso a ciertas obras porque estas hacen parte de visiones contrarias a las de las autoridades.
El primer traspié de La contrarrevolución cultural
Una fuente cercana al Museo Nacional le contó a EL COLOMBIANO una cronología de los hechos del 15 de octubre. En la mañana de ese día, Julián David Sterling, secretario general de MinCulturas, habría llegado al Museo Nacional con la instrucción de revisar las salas y hacer una lista de obras que presuntamente hicieran apología del terrorismo o hicieran parte de aquello que el presidente denomina cultura woke (una amalgama que une movimientos de diversidad sexual, ambientalismo y reivindicaciones raciales). Una vez hecha esa lista, presuntamente se la habría enviado a la ministra Holguín. Según la fuente, ella habría hecho una segunda criba antes de enviársela al presidente. Él habría tomado la decisión final.
En su momento, medios de comunicación nacionales se comunicó con los voceros del MinCulturas para conocer su versión de los hechos. Sin embargo, los encargados de comunicaciones de la cartera dijeron que las entrevistas con funcionarios del gobierno nacional deben ser aprobadas por la Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia.