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La Constitución que defendió a las Islas como un territorio especial
Al cumplir 30 años de la Constitución Política de Colombia, el analista jurídico Alberto Escobar Alcalá hace una remembranza de lo que se hizo para lograr que un articulo destacara a San Andrés, Providencia y Santa Catalina como la única región destacada en la Carta Magna.
Justo cuando este domingo cuatro de julio se cumplen 30 años de la formulación de la Constitución Política de Colombia, la cual fue promulgada en 1991, llegan las reflexiones de quienes fueron protagonistas de este evento histórico para las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, la única región del país que es mencionado en la Carta Magna.
“San Andrés fue la máxima beneficiada de esta constitución, fue un trabajo que hicimos entre varios delegados que estuvimos en la ciudad de Bogotá adelantando el trabajo de elaboración de lo que más adelante sería el artículo 310 de la Carta Magna.
“Fue un logro importante porque pese a que no teníamos un constituyente con nosotros, logramos hacer equipo con el doctor Jaime Castro y el logró introducir la iniciativa que finalmente fue aprobada por parte de la Asamblea Nacional Constituyente.
“Para destacar podemos decir que anteriormente éramos una intendencia especial, una figura que no se entendía mucho ya que, pese a que éramos autónomos en algunos aspectos, dependíamos mucho en materia jurídica de Bolívar, sobre todo en materia jurídica pero que luego se supera al convertirnos, al mismo tiempo que los antiguos territorios nacionales, como Departamento.
“Por otro lado, se destaca el trabajo para poder fortalecer la regionalización en el país pero con el tiempo vemos que la misma no logró avanzar mucho porque la misma la modificaron hasta casi volver a la centralización, no obstante quedó en el documento la posibilidad de desarrollar las regiones pero es importante destacar que no podemos depender del gran Caribe sino que deberíamos luchar para que finalmente seamos ser destacados como región Archipielágica a nivel nacional”, relata el analista jurídico y exdiputado Alberto Escobar Alcalá, quien estuvo participando en la delegación jurídica que finalmente logró concretar lo relacionado con el artículo 310 de la Constitución.
Un articulado que sirvió como piedra angular para la creación de leyes como la ley 47 de 1993, cuyo autor finalmente fue el entonces parlamentario Julio Gallardo Archbold, la cual reemplazó a la Ley 1 de 1972 y que ha servido hasta hoy como ley marco del departamento archipiélago, al igual que ha servido para el decreto ley 2762 de 1991 de control poblacional y la cual ha venido regulando la circulación de personas en el archipiélago por tres décadas en la región insular.
Es de recordar que la Constitución de 1991 logró reemplazar a la existente desde 1886, que para ese momento ya cumplía un tiempo de 105 años y cuya iniciativa de modificarlo por un documento nuevo provino de las propuestas que como candidato presidencial venía haciendo el ya inmolado dirigente del Nuevo Liberalismo Luis Carlos Galán Sarmiento.
Luego de que el legado del inmolado líder estuviera en peligro, y aprovechando las elecciones del 11 de marzo de 1990, donde se elegían a senadores, representantes a la cámara, diputados, concejales municipales, alcaldes y al candidato presidencial del Partido Liberal (elección en la que participaron, entre otros, Cesar Gaviria Trujillo en reemplazo de Galán Sarmiento), finalmente fue aprobada la inclusión de una séptima papeleta en la que se le consulta al pueblo colombiano si deseaban o no la realización de una Asamblea Nacional Constituyente, una papeleta que fue repartida en las calles o impresa en periódicos para que la gente la recortara y las metiera en las cajas de votación (ya que para ese entonces no se votaba con tarjetones sino con papeletas donde los votantes sufragaban por sus candidatos favoritos, papeletas que eran entregados por los mismos partidos políticos para que participaran en los comicios), un movimiento que era liderado por las juventudes y que insistió hasta el cansancio para que finalmente los colombianos votaran para la conformación de una Constituyente.
Precisamente sobre ese escenario participaron figuras importantes de la política nacional que luego de varios meses finalmente lograron, y después de un proceso exhaustivo de estudios y revisiones, la carta magna que, en el tiempo ha venido surtiendo una serie de contrarreformas tanto en los gobiernos de Andrés Pastrana como el de Álvaro Uribe Vélez.
Considerada como una de las más completas, avanzadas y pioneras en América Latina, la Constitución de Colombia se destaca por un robusto sistema de acceso a la justicia para garantizar derechos fundamentales como la salud, la educación y el acceso a servicios básicos, la participación política y las libertades de culto, pensamiento y expresión a través de mecanismos como la acción de tutela o de amparo, la innovación más transcendental de esta constitución.
“Para mí no es necesaria cambiar ninguna constitución, en este documento está todo incluido y por esta razón más allá de cambiarla es necesario implementarla y darle el cumplimiento debido con ética y lejos de cualquier acto de corrupción para que prevalezca”, sentenció Escobar Alcalá como colofón a una conmemoración que invita a una reflexión profunda de lo que se viene efectuando en materia política en el país.