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Las razones por las cuales Álvaro Uribe Vélez fue condenado por fraude procesal
La jueza a cargo del juicio, Sandra Heredia, declaró que se comprobó la comisión del delito de fraude procesal y soborno en actuación penal, pero absolvió al exmandatario del delito de soborno simple.
Este lunes 28 de julio, se conoció el sentido de fallo en el juicio que enfrenta el expresidente Álvaro Uribe Vélez (2002-2010), acusado de los delitos de soborno, soborno en actuación penal y fraude procesal por supuesta manipulación de testigos.
La jueza a cargo del juicio, Sandra Heredia, declaró que se comprobó la comisión del delito de fraude procesal y soborno en actuación penal, pero absolvió al exmandatario del delito de soborno simple.
Este juicio marca un hito sin precedentes, ya que Uribe, de 73 años, se convirtió en el primer expresidente en enfrentar un juicio penal. Uribe se expone a una posible pena de entre seis y doce años de cárcel. Dada su edad y trayectoria, podría solicitar prisión domiciliaria, siempre que la pena sea inferior a ocho años.
Al final de la lectura del fallo, la Fiscal 1 delegada ante la Corte, Marlenne Orjuela, pide que la pena para el expresidente sea mínimo de 108 meses es decir de más de 9 años de prisión.
Hasta ahora, la jueza consideró probados los dos primeros delitos, aunque aún no ha definido si Uribe es responsable en calidad de determinador.
Jaime Granados, abogado que lidera la defensa de Uribe pidió que su representado mantenga la libertad. “Se mantiene incólume la presunción de inocencia hasta que no haya una decisión en firme”. Además, solicitó 24 horas para presentar argumentos al respecto de la dosificación de la pena.
La jueza Heredia citó para el próximo viernes 1 de agosto a las 2 p.m a la lectura de la condena en primera instancia en contra del expresidente.
Soborno en actuación penal
La lectura del fallo comenzó a las 8:30 con la presencia del senador Iván Cepeda, como víctima en este caso, y de sus abogados, mientras que Uribe asistió de manera virtual desde su finca en Rionegro (Antioquia).
Heredia hizo una defensa de la independencia judicial al comenzar la lectura: “La espera ha finalizado”. Recordó que han pasado 475 días después de “una maratónica lucha contra el reloj” y rechazó que el caso obedezca a un acto de oposición política e insistió en que su fallo “no decide sobre un nombre, sino sobre unos hechos”.
En las primeras cuatro horas, Heredia validó unas intercepciones al teléfono de Uribe por parte de la Corte y grabaciones hechas con un reloj espía, pruebas que la defensa del exmandatario había solicitado excluir por considerarlas ilegales.
Según la jueza, las interceptaciones se llevaron a cabo exclusivamente entre el 12 y el 27 de marzo de 2018, contradiciendo la afirmación de la defensa de que duraron un mes. Después de este período, la autoridad judicial ordenó que se detuvieran.
La jueza determinó que la sospecha planteada por la defensa con respecto a la interceptación no tiene fundamento, ya que esta se realizó con la autorización previa de la Corte Suprema. La jueza aseguró que es “ostensible que el acusado conocía del plan que se maquinaba: emboscar a Monsalve” al inducirlo a cambiar su testimonio ante la justicia.
Fraude procesal
En cuanto al delito de fraude procesal, Heredia determinó que este se configuró a partir de los documentos presentados por la defensa de Uribe ante la Corte Suprema.
En particular, destacó un documento firmado por el paramilitar Carlos Enrique Vélez, cuyo contenido es falso y fue presentado con la intención de que se iniciara una investigación y se condenara al senador Cepeda.
De esta manera, la jueza respaldó la acusación y se refirió específicamente a la página nueve del escrito fiscal, donde se mencionan los contactos de Cadena con presos de la cárcel de Cómbita, en el departamento de Boyacá, con el objetivo de obtener declaraciones favorables al expresidente.
El juicio tiene su origen en las denuncias del senador Iván Cepeda en 2012, lo que derivó en investigaciones que en 2018 concluyeron que Uribe habría intentado manipular testigos mediante su abogado Diego Cadena, en particular al exparamilitar, Juan Guillermo Monsalve.
En ese entonces, Cepeda preparaba una denuncia contra Uribe por presuntos vínculos con paramilitares. No obstante, la Corte Suprema no abrió una investigación contra Cepeda, sino que inició un proceso contra el expresidente por presunto soborno.
En agosto de 2020, la Corte emitió una orden de detención domiciliaria contra Uribe, quien renunció a su curul en el Senado para que el caso quedara en manos de la justicia ordinaria. Una jueza ordenó su libertad y su defensa solicitó el cierre del caso en dos ocasiones. Juzgados de primera instancia como el Tribunal de Bogotá Superior de Bogotá lo negaron las solicitudes hasta que en 2024, una nueva fiscal lo acusó formalmente.
El proceso penal comenzó formalmente en marzo de 2024, con la Fiscalía acusando al expresidente de por soborno y fraude procesal. En total se realizaron 67 días de audiencias y, testificaron 37 testigos de la Fiscalía y 70 de la defensa.
Según la fiscal del caso, el exmandatario habría liderado una estrategia coordinada para manipular testigos claves como Juan Guillermo Monsalve y Pablo Hernán Sierra, actuando a través de Cadena para inducir retractaciones. El material probatorio incluye cartas fabricadas, conversaciones interceptadas y grabaciones encubiertas.
La defensa de Uribe, encabezada por Jaime Granados y Jaime Lombana, niega cualquier conducta imputable al exmandatario. Durante el proceso aceptaron errores profesionales del abogado Cadena, pero señalan que Uribe no pudo haber tenido conocimiento directo ni ordenado los hechos. Insisten en que el proceso se ha contaminado por presiones mediáticas y supuestas estrategias de “lawfare”.
Posturas en la audiencia final
La fiscal Marlenne Orjuela pidió la condena del expresidente Uribe basándose en pruebas de soborno y presión sobre testigos privados de la libertad.
Por su parte, la defensa de Uribe, liderada por Granados, argumentó que no hay pruebas directas de maniobras ordenadas por el expresidente y sostuvo que los pagos fueron ayudas humanitarias involuntarias, sin su autorización. Mientras que la Procuraduría solicitó la absolución, generando un choque de posiciones institucionales.
En entrevista con Caracol Radio, el abogado Lombana, insistió en que la Fiscalía no logró probar que el expresidente actuó como determinador ni que intentó influir en testigos en su contra. Destacó que la defensa de Uribe nunca tuvo ánimo dilatorio y que la jueza imprimió una celeridad inusual en el proceso. Lombana subrayó que el expresidente está siendo juzgado sin fueros ni privilegios, como cualquier ciudadano.
En la misma línea, Lombana expresó confianza en una absolución, argumentando que Uribe desconocía las circunstancias de los casos concretos. Concluyó que la defensa de Uribe siempre buscó la justicia y que confía en la imparcialidad de la jueza que lleva el caso.