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Veolia y Coralina adelantan inspecciones a vertimientos en vía circunvalar

Las autoridades han detectado que en varios tramos de la tubería del alcantarillado hay conexiones fraudulentas de entidades hoteleras aledañas al sistema.

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Photo: Coralina

En el marco de las labores de control y Vigilancia, personal de la Corporación Ambiental CORALINA ayer realizaron el seguimiento, levantamiento de información y monitoreos necesarios para medir las afectaciones ambientales al litoral y ecosistema marino, que ocasionó la ruptura de la tubería de impulsión del sistema de tratamiento de aguas residuales a la altura del kilómetro 2 sector de Rock Ground, propiedad de la empresa de servicios públicos VEOLIA S. A ESP

Si bien, se trata de una situación de contingencia, no exime la responsabilidad ambiental frente a las afectaciones que pudieron haber ocasionado la descarga continua y directa de aguas residuales al mar sin ningún tipo de control. En ese orden, y de conformidad a nuestras competencias establecidas por la Ley 99 del 1993 y el decreto 1333 de 2009, en el marco del debido proceso, se dará inicio al respectivo proceso sancionatorio.

Los trabajos de reparación e inspección se realizan de manera constante, incluso en las horas de la noche para poder garantizar la continuidad en la prestación del servicio de manera ininterrumpida.

Así mismo, se insta a las autoridades competentes en materia de saneamiento básico de conformidad a la Ley 142 de 1994 y demás normas concordantes, tomar las acciones y correctivos necesa rios para garantizar una adecuada prestación de servicios públicos a los habitantes del territorio y evitar futuras afectaciones ambientales que dieran lugar.

Biólogas marinas de la Corporación Ambiental y funcionarios de Veolia realizan las inspecciones al agua del lugar para detectar población de coliformes y los respectivos controles de conservación ambiental de la zona.

CORALINA le recuerda a la comunidad que las actividades de vertimiento se encuentran prohibidas en el departamento tipificada como delito contra el medio ambiente, quienes sean sorprendidos cometiéndolo puede enfrentarse a apertura de procesos administrativos – por la entidad ambiental, multa de hasta 32 salarios mínimos por infringir la ley 1801 del 2016 Título IX prohibiciones encaminadas a proteger el ambiente, específicamente en materia de recursos hídricos – por la Policía Nacional y pena privativa de la libertar de hasta 8 años de prisión conforme al artículo 304 del Código Penal.

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